Compromiso fue a insistencia de parlamentarios de
Comisión de Defensa del Consumidor
Parlamentarios insistirán en que se anulen de oficio
multas desde el 2011, y pedirán facultades de comisión investigadora
El
congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del
Consumidor del Parlamento, declaró que
en la sesión de hoy de este grupo de trabajo se logró torcerle el brazo
al Municipio de Lima para que revise de oficio las multas impuestas en base a
fotopapeletas por lo menos del año 2013. El pedido fue para que se revisara
estas multas desde el año 2011, en que se comenzó a usar los cinemómetros, hoy
altamente cuestionados; pero hubo una
terca oposición de los representantes del Concejo Provincial de Lima, quienes
finalmente cedieron, pero sólo en lo tocante al año 2013. Ante esta obstinación, Lescano solicitó que
la Comisión pida al Pleno del Congreso facultades de comisión investigadora
sobre las irregularidades en las fotopapeletas, pedido que se discutirá en la
próxima sesión.
El
Código de Tránsito en su artículo 306 faculta al Municipio de Lima a dejar sin
efecto las sanciones pecuniarias cuando haya atenuantes que guarden relación
con la falta cometida. En este caso, dado que la señalización en las calles es
deficiente, y las fotopapeletas no tienen sustento o son irregulares, estos son
los atenuantes que justifican que el Concejo Limeño las anule.
Las
explicaciones dadas por los funcionarios del Municipio no convencieron. Se
limitaron a decir que la recaudación por fotopapeletas equivale al 2% de su
recaudación anual; pero ni siquiera explicaron en qué usan estos recursos.
Tampoco
convenció que dijeran que hasta el momento sólo se han presentado 938 reclamos,
a pesar que se impusieron este año 115 000 papeletas, porque los usuarios en su
gran mayoría desisten de hacer el
reclamo por los engorrosos y gravosos trámites que se resuelven en meses y hasta
en años.
En
ningún momento los funcionarios del Municipio de Lima abordaron las denuncias
de cambios de señalización en las vías. Tampoco explicaron si en aquellos casos
donde ellos mismos reconocen los cambios de velocidad en las señalizaciones, se
hicieron los respectivos estudios de ingeniería como ordena el artículo 37 del
Código de Tránsito.
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