Superintendencia sólo le cambia nombre a
Asamblea Nacional de Rectores
El congresista Yonhy
Lescano, miembro titular de la Comisión
de Educación del Parlamento declaró que
el dictamen sobre la nueva Ley Universitaria que ha aprobado la mayoría de este
grupo de trabajo está repleto de gruesos errores y contradicciones, tales como continuar permitiendo el lucro en las
universidades privadas, que convirtió a la educación superior en un simple
negocio ocasionando la pauperización de
la calidad universitaria en los últimos 17 años con la creación de decenas de
falsas universidades privadas que tienen en conjunto cientos de miles de
estudiantes que son estafados con una educación de muy bajo nivel. Se debió
derogar el Decreto Legislativo 882 causante de estas distorsiones; pero se ha
hecho todo lo contrario. Ni siquiera se aprovechó la experiencia chilena donde,
precisamente se destituyó a un ministro de educación por no haber hecho nada
para impedir que las universidades en aquél país se dedicaran a lucrar a
expensas de los alumnos. Tampoco se aprendió de las experiencias lamentables en
el Perú, como el caso de una universidad
privada, donde un rector se autoasignó
el sueldo mensual de más de dos millones de nuevos soles, mientras al mismo
tiempo muchos profesores ganaban S/. 2 000 mensuales.
Lescano dijo que la
educación superior privada debe darse sólo bajo la modalidad de asociaciones
privadas sin fines de lucro. Esta figura es la que mejor ha funcionado en
el país, donde las universidades más
reconocidas como son la Pontificia Universidad Católica del Perú, la
Universidad de Lima, la Universidad del Pacífico, y la Cayetano Heredia, son
precisamente universidades asociativas.
En ningún artículo del texto
del dictamen se defiende los derechos de los estudiantes a tener pensiones con
montos razonables, lo mismo que los montos de los demás cobros administrativos.
Tampoco se dice nada sobre un sistema remuneratorio más equitativo para los
docentes.
Se incluyen normas absurdas
como la establecida en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria y
Final (DCTF) que dice que a la entrada en vigencia de la nueva Ley cesa en sus funciones la Asamblea
Universitaria de cada universidad
pública, lo que vulnera la autonomía de gobierno que consagra el artículo 18 de
la Constitución. También está la Sétima
DCTF que dispone que si las universidades no acreditan sus facultades o
carreras profesionales en el plazo de
siete años, se cancela su autorización de funcionamiento. ¿Cómo quedarán
en este supuesto sus estudiantes, profesores y trabajadores? El dictamen no
dice nada.
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