Es
una de las conclusiones de Grupo de Trabajo de la Comisión de Fiscalización
Reajuste de tarifas
realizado, es abusivo, porque absorbe inflación de tres años seguidos, y
contrato sólo autoriza hacer este ajuste por un año, cada vez.
El congresista Yonhy Lescano, Coordinador del
Grupo de Trabajo encargado de investigar los incrementos de peajes en el área
de concesión del Proyecto Línea Amarilla Amarilla (hoy Vía Parque Rímac)
declaró que ha entregado el Informe Final firmado por cuatro parlamentarios, a
la Comisión de Fiscalización del Parlamento para su debate y votación.
Señaló que el colegiado congresal ha
llegado a la conclusión de que dichos incrementos que se dieron en octubre y
diciembre del 2013 son irregulares porque se hicieron al inicio de la explotación (desde el 05 de octubre del 2013),
fecha en la que el nivel de avance de las obras era ínfimo; sin exigirse, como
requisito previo, un avance de las obras
del 70%, como lo prevé el contrato de concesión celebrado entre el Municipio de
Lima y la empresa brasileña LAMSAC, y como lo propone la propia iniciativa privada
del Proyecto Línea Amarilla presentada por la empresa brasileña OAS en marzo
del 2009. Lo correcto hubiera sido que
se inicie el cobro de los peajes, estando las obras concluidas, porque en tal
caso, el concesionario pasa a recuperar su inversión. Como es sabido las
actuales tarifas son de S/. 4.00 para vehículos particulares ligeros, para
vehículos ligeros públicos, y para vehículos pesados (en este último caso, por
eje).
Además, se incorporó en las fórmulas de reajuste de
tarifas, la absorción de tres años de inflación, a pesar de que el contrato de
concesión autoriza que se haga sólo respecto de un año, por vez. De otro
lado, se hicieron dos incrementos
seguidos en apenas tres meses, cuando el contrato de concesión –como regla
general- autoriza sólo a un reajuste
cada doce meses. No resulta verosímil la
justificación que el propio Municipio de Lima hace en el sentido de que en
realidad fue un solo incremento, que simplemente se desdobló en dos partes
(octubre y diciembre), porque si esto hubiera sido cierto, se habría informado
al público en su oportunidad, y aun así, violaría el contrato de concesión.
Asimismo, se modificó, en febrero del
2013, el contrato de concesión por parte de la actual gestión del Municipio de
Lima, de modo lesivo a los intereses del Municipio de Lima y de los usuarios,
varios de cuyos cambios, facilitan que el concesionario incurra en excesos y abusos en cuanto a los peajes, que violan el propio
contrato de concesión. En efecto, se eliminó del contrato original la obligación
a cargo de la concesionaria, de entregar la infraestructura de un COSAC-Metropolitano Línea 4, de 14
kilómetros a título de “entregable”, o sea, de retribución no monetaria, que
iba a ser explotada por el Municipio de Lima, cuya valorización es de aproximadamente
US $ 100 millones, según la gestión anterior del Municipio de Lima.
Se otorgó al concesionario la facultad de incrementar las tarifas de
peajes cuando considere que “cualquier modificación normativa” por parte del
Municipio de Lima, afecte los ingresos del concesionario. Es decir, con esta
modificación a la Cláusula 10.12 del contrato, el Municipio pierde toda
capacidad normativa respecto de la concesión.
COBRO
ADICIONAL EN RECARGAS
A todo esto hay que agregar que, el
concesionario LAMSAC ha introducido el uso de unas tarjetas para recargas
electrónicas, para el pago de los peajes; pero que está cobrando un cargo
adicional, por cada nueva recarga, lo cual viola el Código de Protección y
Defensa del Consumidor, por ser un sobrecosto abusivo que afecta la economía de
los usuarios, y por lo tanto debe ser eliminado.
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