Pagarán
tasas de aportes, comisiones, primas de
seguro e impuesto a la renta.
AFP
Habitat pretende indebidamente tener el monopolio de afiliación de estos
trabajadores
El congresista Yonhy Lescano, vicepresidente
de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, declaró que ante
la inminente obligación de realizar aportes a los sistemas de pensiones por
parte de los independientes a partir del primero de agosto, insistirá en que se
debata en agosto el Proyecto de Ley que posterga estos pagos por dos años.
Mientras tanto –en el plazo inmediato-
es necesario que la SBS tome las medidas urgentes que aseguren que la comisión
que pagarán estos trabajadores que elijan afiliarse al Sistema Privado de
Pensiones, sea la más baja posible, porque
la Ley 29903 (Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones) tiene muchos
vacíos por el apuro con que fue aprobada, y no ha estudiado debidamente todos
los supuestos en relación a este grupo,
y se dará el caso –por ejemplo-
de que un independiente que gane S/. 2 500 al mes terminará perdiendo
–de entrada- más del 15% de su ingreso
con los descuentes de los aportes al SPP, la comisión por administración, la prima de seguros, y el impuesto a la renta
(2.5%, 1.4%, 1.23% y 10% respectivamente).
Los actuales porcentajes de comisiones en el
SPP, que en promedio están en 1.5%
(comisión por flujo) están concebidos para los trabajadores dependientes. Dicha
tasa –para los independientes- tiene que
ser necesariamente menor a la tasa menor de comisión actual de mercado que
pagan los afiliados dependientes, vale decir, menor a 0.47% (la correspondiente
a AFP Habitat). De otro lado, Lescano dijo que a los independientes se les
tendría que aplicar –transitoriamente- sólo una comisión por flujo, dado que si
se les aplica la comisión mixta (flujo y saldo) se perjudicaría su cuenta
individual, por el hecho que por la naturaleza de su trabajo, su densidad de
aportes será más baja que la de los dependientes, y por tanto, si se permite la
comisión por saldo acá, se diluirá el escaso ahorro que acumulen, porque este
cobro se realiza sobre el saldo hayan o no hayan aportes.
No es cierto que el haber ganado la primera
licitación de paquetes de afiliados, le de el derecho a la AFP Habitat de
monopolizar la afiliación de independientes en los dos años subsiguientes,
porque en dicha licitación no se
comprendieron a los independientes, y además, porque la Ley 29903 (Ley de Reforma del Sistema Privado de
Pensiones tiene un vacío sobre este particular. Sería perjudicial que se
interprete abusivamente la norma avalando dicho monopolio, cosa que
lamentablemente está haciendo la SBS en avisos pagados con fondos públicos.
Otro punto que no está claro, es si los
independientes también pagarán un porcentaje adicional por prima de seguros
para cubrir los riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio que
pagan los dependientes, y que su tasa en promedio está en 1.2%.
16/07/2014
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