19 sept 2014

SOLICITAN CITAR A COMISIÓN DE TRABAJO A SUPERINTENDENTE DE BANCA Y AFP, Y A JEFE DE ONP PARA IMPLEMENTAR DEVOLUCIÓN DE APORTES A INDEPENDIENTES.

Ley no dispone que se haga reglamento, por lo que debe ejecutarse inmediatamente.


 Debe devolverse también aportes hechos hace un año.

El congresista Yonhy Lescano, Vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, informó que ha solicitado que este  grupo de trabajo cite para el próximo miércoles 24 al Superintendente de Banca y AFP Daniel  Schydlowsky, y al Jefe de la ONP Diego Arrieta para que informen sobre el procedimiento de devolución de aportes a favor de los trabajadores independientes en cumplimiento de la flamante Ley N° 30237 que derogó la obligatoriedad de estos pagos y su consecuente reembolso. Lescano dijo que dicho procedimiento tiene que ser muy simple y expeditivo, ya que la indicada ley, no dispone la elaboración de un reglamento, por lo que –en realidad- es autoaplicativa.

Los reembolsos tendrían que ser a través de las agencias del Banco de la Nación, tanto para los que se inscribieron en la ONP, como para los que lo hicieron en las AFP, para facilitar el trámite. El pago debería ser en una sola armada, reconociendo una tasa por el costo de oportunidad del dinero, a favor de cada independiente perjudicado por estas retenciones, a cargo de la ONP y de las AFP, según corresponda. Si el usuario se acerca y se le señala otra fecha para hacerle el pago, se le debería reconocer un interés moratorio.

Agregó también que el alcance de las devoluciones debe comprender a los aportes realizados desde la vigencia de la Ley 29903 (Ley de Reforma del SPP) hasta la publicación de la Ley 30082 que suspendió por un año la obligación de estas aportaciones.

El parlamentario recordó que hay una demanda de inconstitucionalidad contra la mencionada Ley N°  29903, que el TC resolverá en breve, en la que no sólo se solicitó que se declaren inconstitucionales los artículos sobre los aportes de los independientes, sino además, las normas sobre el esquema de la  comisión de saldo, y sobre la afectación a los 5 millones de afiliados antiguos que habían contratado bajo el esquema de la comisión por flujo, a los que –si no dijeron nada- abusivamente los han pasado a la referida  comisión por saldo, entre otros temas.


Agradecemos su difusión.
Contacto de prensa:
                                                    Despacho 311-7462
RPC: 997526724

No hay comentarios:

Publicar un comentario