Este beneficio permite que inmobiliarias y bancos recuperen
su inversión en sólo cinco años.
No
debería cobrarse cuota inicial ni “prima por leasing” porque estas empresas
pagan menos impuesto a la renta debido a este incentivo.
El congresista Yonhy Lescano, Presidente de la
Comisión de Vivienda del Parlamento, declaró que tanto las inmobiliarias como
los bancos se benefician de la depreciación acelerada de inmuebles dispuesta por la Ley 30264 (Ley para Promover
el Crecimiento Económico) la que señala que del año 2014 al 2016 todos los edificios y las construcciones nuevos
destinados a vivienda se podrán depreciar un 20% anual hasta su total depreciación.
El parlamentario remarcó que es un incentivo sustancial, por cuanto la tasa
normal es de solo 5% al año. Hay que recordar que la depreciación acumulada se deduce del impuesto a la renta.
Esto significa que la inversión realizada por estas empresas en estas
edificaciones la recuperarán en apenas cinco años. Pero las modalidades de
alquiler venta, leasing inmobiliario y crédito hipotecario están planificadas
para préstamos a 20 años en promedio, lo que significa que el 100% de las
cuotas cobradas por los bancos se irán a utilidades, ya que el valor de los
inmuebles ya habrán sido compensados por la vía del menor pago de impuesto a la
renta, gracias al incentivo tributario otorgado. Esto obliga a que los precios de las
viviendas tienen que bajar, y tampoco se cobre cuota inicial o “prima por
leasing” cuando se implementen el alquiler venta y el leasing inmobiliario, ya
que la depreciación acelerada se da para conseguir tres objetivos : para que
las inmobiliarias tengan más recursos económicos, para que inviertan más en
construcción de viviendas, y para que parte del beneficio se
traslade a los usuarios vía la reducción de los precios de los departamentos o
casas.
Sin embargo, el mercado inmobiliario sigue con
sus precios exageradamente altos : Así por ejemplo, un departamento de 70m2, de
un dormitorio en Jesús María, Lince, Miraflores, Surco o Barranco puede estar
costando el equivalente a US $ 150,000; o un departamento de dos dormitorios de
90 m2 en Pueblo Libre, Magdalena, o San Miguel puede costar un promedio de US $
180,000, cuando hace apenas 12 años atrás no valían ni la mitad de estos
precios.
De otro lado, Lescano agregó que algunos
funcionarios públicos están desinformando a la población en relación a las
nuevas modalidades de acceso a la
vivienda contenidas en el Decreto Legislativo
1177; así por ejemplo : No es cierto que se pueda migrar de un leasing inmobiliario a un crédito
hipotecario, porque, en ambos casos ya se está contratando con una empresa
financiera, ya se está amortizando el crédito con cada cuota, y se ha pagado
una cuota inicial en cada modalidad; y además en el leasing la propiedad del
inmueble la tiene el banco; en cambio, en la hipoteca la propiedad la tiene el
deudor.
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