No
contiene prohibición de mezclar leche en polvo con leche líquida como aprobó
Parlamento.
El día de hoy
se ha publicado en El Peruano el reglamento de leche y productos
lácteos, aprobado por DS 007-2017-MINAGRI. El artículo 61 que se refiere a las
prohibiciones, contiene tres supuestos proscritos:
1) Que se adicione a la leche insumos de origen
vegetal, excepto lo que indique el Codex.
2) Que se adicione insumos con fecha de
vencimiento anterior al producto terminado.
3) Que se utilice en ganado antimicrobianos q
se usan en medicina humana.
Sin embargo, no contiene una cuarta prohibición
que debió estar : Que no se mezcle leche
en polvo con leche entera liquida puesto que esta es la prohibición que acaba
de aprobar el Congreso, mediante una autógrafa, que por cierto no es gratuita,
ya que lo que se ha hecho es restituir la vigencia de la Decimo Quinta Disposición
Complementaria del Decreto Legislativo
653 que fue indebidamente derogada en el
segundo gobierno de Alan García mediante el Decreto Legislativo 1035, que precisamente
autorizaba la importación de leche en polvo con la única condición de no usarla
mezclándola con la leche entera líquida. La explicación para esta extraña
omisión del reglamento es que, la burocracia del Ministerio de Agricultura ha
calculado que la Autógrafa del Congreso será observada por el Ejecutivo, y por
lo tanto esto dará unos cuatro meses más para que las empresas tramposas tipo
Gloria sigan mezclando leche en polvo con leche fresca, y la sigan vendiendo
como "leche 100% pura de
vaca". Los lobistas no se rinden.
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