2 jul 2013

ACCIÓN POPULAR PRESENTARÁ DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LEY DEL SERVICIO CIVIL APROBADA POR CONGRESO

Se abre la puerta a despidos masivos en el Estado, a través de evaluaciones arbitrarias.
Norma  elimina la negociación colectiva sobre remuneraciones.  Sueldos quedarán congelados.
El congresista Yonhy Lescano, vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social del Parlamento, declaró que la Ley de Servicio Civil aprobada  el día de hoy por el Pleno del Congreso viola los derechos constitucionales  de negociación colectiva sobre remuneraciones, y huelga, entre otros, puesto que declara nulo cualquier acuerdo (artículo 44) inclusive –temerariamente-   toda resolución judicial que verse sobre conceptos remuneratorios (Cuarta Disposición Complementaria Transitoria); y además, autoriza a que las entidades públicas contraten trabajadores de reemplazo, apenas iniciada una huelga (artículo 45.2). De otro lado, abre canales para la ejecución de despidos masivos, pues en su artículo 49 literal i) pone como causal de cese la calificación de “ineficiencia comprobada” que eufemísticamente en el texto final se edulcoró con la denominación de “desaprobado”; y en el artículo 49 literal k) establece como otra causal de cese la supresión del puesto debido a causas tecnológicas, estructurales u organizativas.  La norma, recorta las remuneraciones del trabajador porque impone que las vacaciones y aguinaldos no son tampoco materia de negociación (artículo 31.2). Anula la propia meritocracia que proclama, cuando impone –absurdamente- un período de prueba de tres meses a los trabajadores que ingresen al servicio civil por concurso público (artículo 72), lo que ocasionará toda clase de abusos y excesos.
 
Lescano agregó que en el debate hizo notar que las evaluaciones no deberían conducir a despidos de trabajadores, sino a  su capacitación, reconversión y reasignación, para evitar las fracturas sociales que provocan los despidos masivos, como los que ocurrieron con las reformas de los años noventa en que más de 80 000 trabajadores fueron despedidos, todos los cuales han planteado después acciones legales que hasta hoy, tras cuatro gobiernos no se solucionan. Hizo notar también en el debate,  que el propio reglamento del Decreto Legislativo 1025 (normas sobre evaluación en el sector público) establece que como máximo se debe calificar como de “ineficiencia comprobada” al 2% de la planilla de una entidad pública, pues no poner límites a esto, es abrir la puerta  a la arbitrariedad, como lo hace la ley aprobada. Los trabajadores no se oponen a las evaluaciones; pero éstas deben basarse en criterios objetivos, cuantificables, y verificables, no en subjetividades.

Por último, la norma ni siquiera constituye un “régimen único” porque sólo se aplicará al 40% de la planilla estatal. El 60% continuará en una selva de regímenes especiales.
Lima 2 de julio del 2013.

2 comentarios:

  1. Anónimo5/7/13

    ACCION POPULAR SIEMPRE CONEL PUEBLO GRACIAS POR EL APOYO A LOS TRABAJADORES ESTATALES DEL PERU
    CONGRESITA LESCANO QUE DIOS LE BENDIGA

    CESAR VASQUEZ
    DESDE PUERTO MALDONADO
    ADELANTE CORRELIGIONARIO

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  2. DALIA AYRE5/7/13

    GRACIAS SEÑOR CONGRESISTA POR EL APOYO, ACCION POPULAR SIEMPRE HA VELADO POR EL BIENESTAR DEL PUEBLO COMO FUE SU MAXIMO LIDER FERNANDO BELAUNDE TERRI; SE QUE USTED PRESENTARA LA DENUNCIA DE INCONSTITUCIONALIDAD, ÉSTE GOBIERNO DE OLLANTA AUTORITARIO, VIENE VULNERANDO NUESTROS DERECHOS, YA QUE PRETENDE DESASERCE DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS, SIN TENER EN CUENTA NUESTROS DERECHOS GANADOS DEL CAFAE PREVIA EVALUACIONES EN TODO EL SECTOR PUBLICO DURANTE LA DECADA DE LOS 90

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