10 dic 2014

COMISIÓN DE VIVIENDA SOLICITA AL MEF QUE ACTUALICE LOS APORTES QUE DEBEN DEVOLVERSE A LOS FONAVISTAS, A VALOR CONSTANTE



Exige que se cumpla con el pago comprometido por el Ministro de Economía y Finanzas, en la segunda quincena de diciembre, a favor de 60,000 fonavistas

También se exige la reglamentación de las diferentes modalidades de devolución establecidas en el artículo 7 de la Ley 29625.

La Comisión de Vivienda y Construcción del Congreso, que preside el congresista Yonhy Lescano Ancieta, aprobó por unanimidad un informe sobre la devolución de los aportes al Fondo Nacional de Vivienda.

El congresista Lescano señaló que, conforme a lo dispuesto por el Tribunal  Constitucional y las normas legales vigentes, para el pago de la deuda que el Estado mantiene con los tenedores de bonos agrarios se aplicará un criterio de actualización que supone la conversión de la deuda principal impaga a dólares americanos, desde la fecha de la primera vez en que se dejó de atender el pago de los cupones de dichos bonos, más la tasa de interés de los bonos del Tesoro Americano.

Sin embargo, expresó el congresista Lescano, en la actualización de la deuda con los fonavistas se ha seguido un mecanismo totalmente distinto y desfavorable a los intereses de este importante grupo social. La devolución de los aportes del FONAVI, se pagará por períodos de aportación que se ha valorizado a S/. 10 por cada mes de aportación, con lo cual el promedio de devolución será de S/. 1,300, conforme lo han declarado la Comisión Ad Hoc del FONAVI y el Ministro de Economía y Finanzas ante la Comisión de Vivienda.

Es por ello que la Comisión de Vivienda aprobó por unanimidad solicitar al MEF que, por equidad y en defensa de los intereses de los fonavistas, emplee un sistema de actualización a fin de mantener el monto de los aportes en valor constante; tal como se ha establecido para el pago de los bonos agrarios. Lo contario sería perjudicar los legítimos intereses de los fonavistas

Asimismo, informo Lescano, se acordó exigir al MEF que reglamente las diferentes modalidades de devolución establecidas en el artículo 7 de la Ley 29625, a fin que los fonavistas puedan optar por cualquiera de las modalidades de devolución.

Finalmente, el congresista Lescano exigió el cumplimiento de la devolución de aportes al FONAVI en las fechas y condiciones referidas por el Ministro de Economía y Finanzas, quien indicó que en la segunda quincena de diciembre del presente año, se entregarían los certificados de reconocimiento de deuda y se iniciaría el pago a 60,000 fonavistas. 

Lima, 11 de diciembre de 2014.


Con el ruego de su difusión.

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