4 feb 2015

ACCIÓN POPULAR PRESENTÓ PROYECTO DE LEY PARA CREAR EMPLEO DIGNO PARA JÓVENES


Se fijan incentivos tributarios y de otra naturaleza   para que empresas  contraten a jóvenes

Grandes empresas pagarían sólo 26% de Impuesto a la Renta; pequeñas empresas estarían exoneradas del 50% de IR, y microempresas del 100% por cinco años.

El congresista Yonhy Lescano,   vicepresidente de la Comisión de Trabajo y Seguridad  Social, declaró que el Presidente de la República reclamó a los grupos políticos iniciativas  en torno a la creación de empleo juvenil cuando se dio el debate de la derogada “Ley Pulpín”. En este contexto es que  Acción Popular,  ha presentado el día 3 de los corrientes el  Proyecto de Ley N° 4163 por el cual se propone otorgar incentivos tributarios para un menor pago del impuesto a la renta a las empresas que creen empleo de calidad para los jóvenes entre 18 a 29 años; complementándolos con incentivos de otra naturaleza, que a continuación se detallan.

Si la empresa es grande o mediana, tendrá una tasa preferencial de 26% para el pago de su impuesto a la renta en los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 . Es una tasa más atractiva que la otorgada por la Ley 30296 (Ley que promueve la reactivación de la economía, publicada el 31.12.14), ya que mientras  esta Ley concede una tasa de 28% para los años 2015 y 2016; de 27%, para los años 2017 y 2018; y de 26%, el año 2019 en adelante; en cambio el Proyecto de Ley da el 26% casi de inmediato, sin tener que esperar cuatro años ( a partir del 2016). Inclusive para las empresas que deseen gozar del beneficio el año 2015, con una tasa de 26%, el MEF les entrega un certificado de crédito que puede  hacerse efectivo el mismo 2015 con su venta en el mercado secundario, o ante el mismo MEF  el 2016, dado la periodicidad anual del impuesto a la renta.

Para una típica empresa del sector corporativo o de la gran empresa, el incentivo del Proyecto de Ley puede significar un ahorro de S/. 40 millones por impuesto a la renta en los cuatro años de su vigencia.

Las condiciones para que estas empresas reciban este beneficio es que creen empleo de calidad para los jóvenes : contratos a plazos no menores a cinco años, 30% de la planilla,  sueldos equivalentes a 135% de la RMV (S/. 1012), capacitación anual, y los derechos laborales del Decreto Legislativo 728 (derechos completos).

A su turno, la pequeña empresa que se acoja al régimen que se propone estará exonerada del pago del 50% del impuesto a la renta a su cargo por el plazo de cinco años. La microempresa, gozará de una exoneración del 100% del impuesto a la renta por el mismo plazo.

Para gozar de estos beneficios sustanciales, ambas clases de empresas deben crear empleo de calidad : Sueldos de por lo menos una RMV, contratos con plazos de cinco años, capacitación anual, 30%  y 50% de su planilla (para pequeña y microempresa respectivamente),  todos los derechos laborales contemplados en la Ley 28015 (Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa).
Una pequeña empresa típica puede  ahorrar por impuesto a la renta S/. 540 000 en los cinco años de vigencia de los beneficios. Una microempresa, puede ahorrar S/. 6 000, en el mismo período.

De otro lado, como un incentivo para todas las clases de empresas, si capacitan a sus trabajadores, tienen un crédito tributario contra el impuesto a la renta equivalente al monto gastado  en la capacitación con un tope del 1.5% de su planilla anual.

En el caso de las micro y pequeñas empresas, el Estado asume el costo del aporte del seguro social  de los dos primeros años, del trabajador joven que ingrese por primera vez, siempre que ingrese a planilla y sea contratado por lo menos cinco años.

Si el trabajador aprueba las capacitaciones, y  la empresa incrementa productividad y utilidades, el trabajador tiene derecho a que se le incremente su sueldo según los promedios del mercado.



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