Omisión viola contrato de
concesión entre Municipio y empresa.
Serán
afectados indebidamente once distritos y tres millones de usuarios.
El congresista Yonhy Lescano, miembro titular
de la Comisión de Defensa del Consumidor
del Parlamento, declaró que el corte de agua de tres días anunciado por Sedapal (del miércoles 15 al viernes 17) en once
distritos de Lima Metropolitana es
irregular, puesto que dicho corte se
va a realizar atendiendo al pedido formulado por la concesionaria Rutas de Lima
para efectuar sus obras en el Intercambio Vial a Desnivel Benavides, sin la
autorización del Municipio de Lima, exigencia establecida en la Cláusula 7.20
del Contrato de Concesión entre la
comuna metropolitana y la indicada concesionaria, lo que se corrobora con el
aviso del corte de agua, publicado en diversos medios, donde se aprecia que
sólo está refrendado por Rutas de Lima y Sedapal.
El artículo 7.20 del contrato de concesión
dispone lo siguiente : “En caso de interferencias de redes de
servicios públicos en las áreas requeridas
para la ejecución de las obras de construcción (…), será de
responsabilidad del CONCEDENTE la remoción y traslado de las mismas. Sin
perjuicio de lo anterior, dichas interferencias podrán ser removidas y
trasladadas directamente por el CONCESIONARIO o por la empresa prestadora de
servicios públicos, previo acuerdo de
las Partes, o alternativamente por el CONCEDENTE”.
Lescano dijo que se tiene que respetar los
procedimientos y requisitos que disponen los contratos de concesión, pues
estamos en un Estado de Derecho, y desde mañana sólo Sedapal está autorizada a
realizar sus trabajos de cambio de dos válvulas que ha anunciado, y no el
consorcio Rutas de Lima hasta que llegue a un acuerdo con el Municipio de Lima
conforme al contrato que suscribieron. Por consiguiente no hay razón para que
el corte sea de tres días, sino que tendrá que ser por un tiempo menor, que
podría ser un solo día.
El parlamentario agregó que un corte prolongado
de agua viola también la obligación de continuidad del servicio, establecida
en el Código de Defensa del Consumidor, para el caso de los servicios públicos
esenciales. Se tendría que hacer también la correspondiente reducción en la
tarifa mensual por un menor consumo de agua.
Agradecemos su difusión.
Contacto de prensa:
RPC: 997526724
Despacho 311-7462
No hay comentarios:
Publicar un comentario