14 jul 2015

CORTE DE AGUA POR TRES DÍAS SOLICITADO POR CONCESIONARIA “RUTAS DE LIMA” NO TIENE AUTORIZACIÓN DEL MUNICIPIO METROPOLITANO


Omisión viola contrato de concesión entre Municipio y empresa.

Serán afectados indebidamente once distritos y tres millones de usuarios.

El congresista Yonhy Lescano, miembro titular de la Comisión de Defensa del Consumidor  del Parlamento, declaró que el corte de agua de tres días  anunciado por Sedapal  (del miércoles 15 al viernes 17) en once distritos de Lima Metropolitana es irregular,  puesto que dicho corte se va a realizar atendiendo al pedido formulado por la concesionaria Rutas de Lima para efectuar sus obras en el Intercambio Vial a Desnivel Benavides, sin la autorización del Municipio de Lima, exigencia establecida en la Cláusula 7.20 del Contrato de Concesión entre  la comuna metropolitana y la indicada concesionaria, lo que se corrobora con el aviso del corte de agua, publicado en diversos medios, donde se aprecia que sólo está refrendado por Rutas de Lima y Sedapal.

El artículo 7.20 del contrato de concesión dispone  lo siguiente : “En caso de interferencias de redes de servicios públicos en las áreas requeridas  para la ejecución de las obras de construcción (…), será de responsabilidad del CONCEDENTE la remoción y traslado de las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, dichas interferencias podrán ser removidas y trasladadas directamente por el CONCESIONARIO o por la empresa prestadora de servicios públicos, previo acuerdo de las Partes, o alternativamente por el CONCEDENTE”.

Lescano dijo que se tiene que respetar los procedimientos y requisitos que disponen los contratos de concesión, pues estamos en un Estado de Derecho, y desde mañana sólo Sedapal está autorizada a realizar sus trabajos de cambio de dos válvulas que ha anunciado, y no el consorcio Rutas de Lima hasta que llegue a un acuerdo con el Municipio de Lima conforme al contrato que suscribieron. Por consiguiente no hay razón para que el corte sea de tres días, sino que tendrá que ser por un tiempo menor, que podría ser un solo día.


El parlamentario agregó que un corte prolongado de agua  viola también la obligación de continuidad del servicio, establecida en el Código de Defensa del Consumidor, para el caso de los servicios públicos esenciales. Se tendría que hacer también la correspondiente reducción en la tarifa mensual por un menor consumo de agua.


Agradecemos su difusión.
Contacto de prensa:
                             RPC: 997526724
                       Despacho 311-7462

No hay comentarios:

Publicar un comentario